Experiencias internacionales en la privatización de prisiones
La privatización de los Centros
penales a nivel internacional cuenta con muchas experiencias que se pueden
abordar, visto desde la raíz, la desnacionalización de los centros penales
tergiversa el fin de los sistemas penitenciarios porque; dejar en manos
privadas la seguridad y administración de las cárceles equivale a que el
sistema penitenciario el objetivo pierda su norte, el reflejo del administrador
será el lucrativo, por encima de la reinserción social, la privatización de los
centros penales es un negocio rentable y tentador para la empresa privada ya
que cada recluso se traduce en dinero.
La experiencia internacional
habla por sí misma, al respecto es sensato mencionar que el fin fundamental de
la empresa privada en su mayoría es el de obtener utilidades empleando el menor
costo posible, por lo que en la incorporación de la organizaciones privadas al
sistema penitenciario no es una buena opción, por cuanto no se le da un trato adecuado y
conforme a derecho al privado de libertad con acompañamiento integral
profesional, las experiencias internacionales han sido la carta de presentación
de estos sistemas; Estados Unidos y Chile son un ejemplo claro de ello donde se
ha evidenciado un inadecuado manejo de las prisiones.
Los centros penitenciarios deben
adecuarse de acuerdo con la normativa vigente y vinculante de cada nación, de
ahí la importancia que el estado como garante del respeto del marco jurídico
tenga poder de decisión sobre los laudos que se toman en cuanto a privados de
libertad. Además, el gobierno tiene las capacidades de obtener capacitación y
recursos que para la población penitenciaria será sustancialmente positivo si
el gobierno participa que si por el contrario se dejan las responsabilidades en
la organización privada.
Chile, Estados Unidos y México
por mencionar algunos a nivel continental han sido ejemplo de ello y los
resultados no han sido los esperados, según RT en español “Desde el año 1990 el
número de presos en EE.UU. aumentó en 16 veces alcanzando los más de dos
millones de personas encarceladas” (2013). Son justamente estos números los que
hacen de este un negocio atractivo para la empresa privada, sin embargo, el
fenómeno carcelario lejos de verse como una actividad lucrativa debería verse
como una actividad en pro de la sociedad con un acompañamiento profesional integral,
que ayude de manera potencial a que se dé una adecuada reinserción social, el
ejemplo de Estados Unidos es tan exquisito para evaluar la privatización
carcelaria internacional, porque se trata de una potencia mundial que apostó
por este método, sin embargo no ha tenido el resultado esperado, si bien es
cierto el número de centros penales aumentó, además de la reducción en costos
de infraestructura por parte del gobierno en centros penales, reducción de las
tasas de hacinamiento y costos operativos que conlleva la administración de un
sistema penitenciario pero se han convertido en cementerios de personas vivas.
Cuando se habla de cementerios de
personas vivas específicamente se hace referencia a la interpretación que se le
puede dar a este fenómeno, y es que un contrato por servicios penitenciarios
con cualquier gobierno implicaría una serie de cláusulas a cumplir como en
cualquier otra materia, dentro de lo que se podría resaltar de estos acuerdos
es que para que el sistema funcione sin que tenga ningún perjuicio para ninguna
de las partes, se necesita cumplir con ciertos requerimientos uno de ellos es
la población huésped requerida para que la empresa que brinda el servicio no
tenga pérdidas. Contablemente las inversiones que realizan las empresas
privadas en infraestructura son sumamente cuantiosas y requieren un
apalancamiento por parte del gobierno para darle la rentabilidad al proyecto, este
apalancamiento se traduce en rigidez en para los procesos donde medien penas
considerables y prisiones preventivas.
Países como Colombia consideran
que es prudente el modelo de privatizar las cárceles para disminuir los costos
que soportan la construcción de nueva infraestructura carcelaria por parte del
gobierno sin embargo, desde el análisis criminológico no es prudente dejar el
100% de las operaciones que se desarrollan dentro de estos recintos en manos de
empresa privada, esta afirmación obedece fielmente a la experiencia
internacional como ya se resaltó de países como Estados Unidos, Chile, México y
otros que han apostado a este modelo, dejando en manos privadas la reinserción
social.
Al respecto, mi punto de vista
como futura profesional en Ciencias Criminológicas, es que posiblemente la
privatización de los centros penitenciarios produzca una resolución de
problemas que para el gobierno sean difíciles de solventar el mediano e incluso
en el largo tiempo, sin embargo es un tema delicado y mi sugerencia es que no
se deje en manos de empresa privada el 100% de las operaciones carcelarias, es
decir que se creen alianzas público-privadas en las que se le encomienden
ciertos sectores dentro de los que sugiero servicios de alimentación a privados
de libertad, limpieza, monitoreo electrónico, sistemas de llamadas entre otros
que permitan invertir a la empresa privada y que obtengan alguna utilidad por
su inversión en nuevos y modernos centros penitenciarios, con condiciones
idóneas para preparar profesionalmente a la población reclusa a través de
sistemas educativos y el acompañamiento profesional íntegro que garantice una
adecuada reinserción social.
La privatización total de los
centros penitenciarios, no es en ninguna medida una opción viable, porque
basada en la experiencia de otras naciones se le da solución a un problema pero
surgen otros de mayor relevancia, falta de profesionalismo en el trato al
privado de libertad, se debe tomar en consideración temas fundamentales como el
acompañamiento psicológico, espacios para recreación, entorno familiar y social
entre muchos otros, que intrínseco implican dinero, y no solamente construir celdas de máxima
seguridad y encerrar a las personas en ellas y someterlas a un sistemas de
vigilancia.
Se trata de personas y merecen se
respeten sus derechos.
Se recomienda ver estos enlaces:
Ventajas y desventajas de la
privatización de centros penales
La
privatización de los centros penales en América toma fuerza desde hace algunos
años atrás, algunos gobiernos deciden dejar en manos de empresas privadas el
sistema penitenciario y todo lo que a él respecta, este escenario tiene
aspectos favorables que se pueden resaltar, pero también desventajas que no
están al margen de las líneas de acción.
Dentro de
las ventajas que se pueden mencionar de la privatización de las cárceles se
puede indicar las siguientes:
Solución Viable al problema de hacinamiento: El hacinamiento
carcelario en Costa Rica es un problema que se ha convertido en el pan de cada
día dentro de las cárceles, para el 2019 se estimaba que el porcentaje de
sobrepoblación carcelaria se encontraba en un 37%, la privatización de los
centros penitenciarios se convierte en una opción factible para darle solución
a este problema que ya deja una huella difícil de borrar a lo interno de las
prisiones.
Incorporar
a la empresa privada dentro del sistema penitenciario ayudaría a que se
respeten las capacidades instaladas de las infraestructuras que se construyan,
con esto se garantizaría que cada persona puede contar con el espacio mínimo
requerido para su sana convivencia y que además cuente con las condiciones
adecuadas de salud para quien ocupe estos espacios.
Aumento de la eficacia en los procesos: las empresas
privadas funcionan en razón de sus clientes, de acuerdo con sus necesidades y
requerimientos, así las cosas al momento de privatizar el sistema penitenciario
implicaría que el Gobierno (tomando como ejemplo Costa Rica), se convierte en
el cliente de la empresa privada que administra el sistema penitenciario, al
igual que la población reclusa, por ende ambas partes pueden exigir respuesta
oportuna a ciertas necesidades cuando estas se detecten, y cuando así lo
establezcan los contratos, por lo que los trámites serían más rápidos y
eficientes.
Construcción de más centros penitenciarios: Actualmente
Costa Rica cuenta con diferentes modalidades carcelarias, pero sin duda la lupa
se encuentra sobre los Centros de Atención Institucional, que es donde se
encuentran las personas recluidas al
100% hasta que se cumpla la pena, o bien hasta que un juez lo decida, en total
no son más de 20 los espacios físicos que se han destinado para tal fin, todos
ellos cuentan con un sinfín de deficiencias, por lo que si se incluye a la
empresa privada dentro del sistema penitenciario se garantizaría que se
construyan más centros para albergar a personas privadas de libertad con
condiciones adecuadas, como ya se mencionó en la primer ventaja.
Mejorar el procesamiento para la clasificación de los
privados de libertad: Hasta hace algún tiempo la población privada de libertad
se ubicaba dentro de los recintos penitenciarios de acuerdo con el perfil
criminal, sin embargo en la actualidad se ubican donde exista un espacio
disponible, siendo el problema de
hacinamiento el responsable de que las decisiones de ubicación se tomen de esa
manera, al privatizar los centros penitenciarios se puede retomar la modalidad
de clasificación de las personas privadas de libertad de acuerdo con el perfil
criminal o cualquier otra modalidad que se sugiera y se compruebe que tenga un
beneficio.
Mejorar las condiciones de vida para el privado de libertad:
Evidentemente el mejoramiento de las condiciones de vida de los privados de
libertad mejoraría cuantiosamente porque se establecerían políticas de salud
acordes a la capacidad instalada de cada centro penitenciario.
Desventajas
Quebrantamiento de medidas menos costosas y mayor efectivas
en la reinserción social: Con esto específicamente se hace referencia al
quebrantamiento de modalidades actuales equivalentes a las privativas de
libertad por ejemplo los Centros de Atención Semi Institucional, o mejor
conocidos como centros de confianza, ya que difícilmente la empresa privada
tenga la disposición para darle continuidad a esta modalidad.
Disminución de la carrera profesional de los colaboradores:
El sistema penitenciario actual, cuenta con una serie de incentivos y
beneficios que le permiten al colaborador especializarse profesionalmente en
alguna área afín a la función policial y de esta manera se profesionaliza la
policía en áreas como Administración, Psicología, Educación Física entre otros;
todo este conocimiento que se obtiene con el talento profesionalizado se puede
lograr poner en práctica dentro del sistema penitenciario, detectando posibilidades
de mejora, sin embargo la empresa privada difícilmente le sea factible otorgar
licencias de estudio a sus colaboradores, por cuanto esta se rige por costos de
operación y generación de utilidades lo que se traduce a que si un funcionario
requiere de un cierto tiempo para acudir a su estudio para la empresa no será
viable y posiblemente no le dé la oportunidad.
Aumento de la población penitenciaria: Los contratos de
funcionamiento donde se privatiza algún sector del estado actúan en razón del
utilidad por persona (per cápita), lo que se podría transcribir en un aumento
considerable de la población carcelaria que responda a la generación de
utilidades, como lo menciona el autor “esta empresa privada podría,
eventualmente, jugar un papel importante en los temas de política criminal
nacional, ya que, desde el punto de vista comercial, se cree que le convendrá
obtener la mayor ganancia posible” (Núñez y Rojas, 2006, P.68), incluidos
delitos menores, y medidas alternas a la prisión preventiva podrían aumentar
esos ingresos.
Presiones por parte de los inversores: El inversor al igual
que todos los sistemas donde opera el capital privado, ejerce ciertas presiones
para aumentar la productividad por ende las utilidades, esta es una de las
premisas de que el aumento de la población penitenciaria sea el producto de la
presión del inversor afín a ello Núñez y
Rojas aportan “la cárcel privada es un negocio y los negocios deben expandir su
mercado, en las cárceles privadas requieren más privados de libertad, no menos”
(2006, p. 70), el mercado de la cárcel
son los privados de libertad y sobre ellos irá el nivel de utilidad.
Se recomienda ver los siguientes vídeos:
Inimputabilidad y tratamiento recomendado para los enajenados mentales que
cometen delitos
La inimputabilidad entendida está
de acuerdo con Hernández (2015) “…es un término jurídico, el cual se define
como la capacidad de una persona de comprender las consecuencias que traerá la
realización voluntaria de un acto ilícito, y como tal debe ser responsable y
responder por el hecho cometido.” Es un criterio médico legal por el cual se ha
demostrado durante diferentes experiencias procesales que algunas personas han
cometido delitos y que no son capaces de comprender la magnitud de sus
acciones.
La diferencia básica y en
términos coloquiales dentro de lo que engloba el criterio de imputable e
inimputable es que en el primero las personas actúan de acuerdo con sus deseos
y motivaciones, sabiendo que los actos que van contrarios a lo que regula el
marco jurídico puede acarrear responsabilidades sobre ellos mientras que los
segundos no comprenden en su totalidad la magnitud de los eventos o acciones
que realizan.
Por tal razón es que un sujeto
con una perturbación mental adquiere derechos y obligaciones diferentes, debido
a su condición, todos estos son completamente diferidos a los que le asisten y
responsabilizan a una persona dentro de los parámetros normales, esta condición
se emite bajo un sistema de peritaje psiquiátrico.
Sin embargo, es importante
resaltar el hecho del crecimiento en los ingresados al Hospital Nacional
Psiquiátrico por una medida judicial, lo que debe ser un aspecto importante y
digno de atención por parte de los expertos en la materia, ya que podría tratarse
de un portillo legal para evadir la responsabilidad que genera la comisión de
un delito.
Cada
persona que se ingresa bajo el diagnóstico de inimputable al Hospital Nacional
Psiquiátrico le genera un costo al país que varía de acuerdo al nivel de
atención y tratamiento que éste puede requerir, durante su estancia en este
centro médico.
La
inimputabilidad conlleva además una serie de estudios que permita emitir un
criterio sólido y verás de los actos a los que responde la persona por lo que
se toma en consideración razonamientos de orden biológicos, psicológicos,
psiquiátricos y sociales.
Dentro de
los aspectos importantes a considerar es que el tratamiento que se debe dar a
una persona bajo el criterio legal de inimputable, debe ser aquel que por
juicio de los expertos y tomando en consideración todas las inconstantes se le
pueda otorgar a esa persona, se debe valorar claramente y tomando en
consideración que personas que padecen ciertas enfermedades que los engloban
dentro del término descrito, poseen comportamientos variados que pueden
llevarlos a tomar ciertas posiciones ante los diferentes entornos a los que
está expuesto, por tanto se deben realizar los posibles pronósticos de acuerdo
con los escenarios que rodean al individuo para en razón de ello establecer
cuales serán los ordenamientos adecuados para no poner en riesgo al individuo,
sus allegados y la seguridad común.
En Costa Rica el Hospital
Nacional Psiquiátrico es el encargado de darle atención a las personas que
padecen alguna enfermedad mental, su diseño no fue realizado para trabajar con
personas que hubieran cometido algún delito y que se encontraran bajo la
condición de inimputable, por lo que generó muchos contratiempos y malos
momentos entre la población ya que la naturaleza de estas instalaciones no era
para ese fin.
Sin
embargo, a lo largo del tiempo se han externado casos de personas bajo esta
condición que han cometido algún delito y que representan un riesgo para su
familia, allegados y sociedad en común, por tal razón se ha trabajado en razón
a lo que establece los derechos humanos de las personas y nuestro país como
garante de ellos creó un espacio en el que se le diera un trato adecuado y
acorde a su condición, en el que no se les trata como delincuentes pero se le
da espacial atención a estas personas que han cometido delitos pero son
inimputables, para ello se crea Centro de Atención para Personas con
Enfermedades Mentales en Conflictos con la Ley, en el cual se le da un trato
adecuado profesional e interdisciplinario a las personas que son ingresadas a
este centro y que por su condición
representan una amenaza.
Dentro del
tratamiento que se otorga a esta comunidad se debe garantizar un trato integro
y de respeto se deben proteger de cualquier tipo de explotación contraria a lo
que establece la ley y el estado debe garantizar la fiscalización de los
procesos que se desarrollan a lo interno de este centro con el afán de cumplir
con lo establecido en los diferentes tratados de derechos humanos y el marco
regulatorio costarricense.
El fin
principal de los tratamientos que se suministran a las personas que se
diagnostican inimputables es el de velar siempre por el bienestar del paciente,
es por ello que siendo Costa Rica un país que ha promulgado el respeto de los
derechos humanos debe dar un trato digno, seguro y adecuado a todo tipo de
personas, y en mayor escala cuando se haya declarado a alguien inimputable.
Hechos de corrupción de la policía penitenciaria y privatización de
Cárceles en Costa Rica
Hechos de corrupción de la policía penitenciaria y privatización de
Cárceles en Costa Rica
La
corrupción es un problema de gran envergadura que afecta los diferentes
sistemas políticos de la mayor parte del mundo, y representa cifras
significativas con respeto al Producto Interno Bruto de cada nación, Costa Rica
no es y no será la excepción durante mucho tiempo, al cabo de los años se ha
demostrado niveles importantes de corrupción en los diferentes sistemas que
integran todos los poderes del estado, el ejecutivo desde la cartera del
Ministerio de Justicia y Paz ha evidenciado ser uno de los sistemas más
vulnerables para que actos de corrupción confluyan a lo interno de este.
El entorno
penitenciario como tal resulta ser
complejo pero a la vez susceptible para
que la corrupción se dé en gran medida, dentro de muchas de las variables que
se pueden considerar para desmembrar el fenómeno de corrupción donde interfiere el colaborador policial y la
población penal se pueden enumerar un sinfín de ellas, sin embargo visto desde
la ética y la moral personal, la corrupción se da justamente por falta de
ellas, la ética profesional viene a marcar las pautas de comportamiento dentro
de la honorabilidad del servidor policial en este caso, y la moral que indica
cual es el comportamiento humano aceptable dentro de un círculo social.
A la sombra
de los centros penitenciarios en Costa Rica se cobija y se fortalece la
corrupción, a menudo es frecuente escuchar casos de corrupción dentro de las
cárceles, donde se da entre otras variables a causa de intercambios de drogas,
dispositivos electrónicos, beneficios internos entre otros.
Si fuera
necesario hacer referencia a ellos se podrían citar por cientos, colaboradores
que se les ha dado de baja por comprobárseles actos de corrupción, otros que
enfrentan causas judiciales y administrativas, pero sin duda en la historia
costarricense se recordará el 11 de mayo de 2011 como uno de los actos de
corrupción que terminaron en tragedia.
La causa
que se investigó a partir de esa fecha y por la que se condenaron a varias
personas dentro de ellas a un jefe policial del ámbito F, de la reforma
conocido por máxima seguridad, y se logró comprobar que formó parte de los
actores del intento de fuga donde perdió la vida un policía penitenciario y fue
abatido Erlin Hurtado, quien descontaba una condena por el asalto al banco
Nacional de Monteverde.
Durante la
investigación se logró comprobar que el funcionario incurrió en actos de
corrupción como menciona Estrada
El
uniformado estaba en uno de los ámbitos de Máxima Seguridad y a cambio de ¢2
millones entregó un juego de llaves, luego de una distribución de funciones,
con el fin de reducir a la impotencia a los oficiales, tomarlos como rehenes y
escudos humanos, para ello hubo acopio de armas de parte de Castro
Vindas. (2015)
De
tal manera que los pasillos de los centros penitenciarios son un lugar donde
perfectamente la corrupción se puede desarrollar en toda su amplitud y hasta
que no se realicen intervenciones puntuales y específicas dentro del sistema no
se solucionará ese problema.
De
cara a esta problemática existen otras ideas que se han analizado con el paso
del tiempo y que han tenido resonancia entre las distintas corrientes políticas
como lo es la privatización de los centros penitenciarios, esta podría ser una
solución a muchos de los problemas que se originan dentro de las prisiones y
que involucran a funcionarios de esta institución, sin embargo se debe realizar
un análisis profundo del costo-beneficio que puede implicar el desarrollo de
una estrategia como a privatización de las cárceles.
La
privatización de los centros penitenciarios en Costa Rica podría darle solución
a problemas que agobian al Ministerio de Justicia y Paz, como el hacinamiento
carcelario, la corrupción los problemas de infraestructura entre otros que
suscitan esta ideología, sin embargo, la experiencia internacional indica lo
contrario a esta idea porque incluso países que son potencias mundiales como
Esta dos Unidos, no han tenido los resultados esperados de la privatización de
los centros penales.
Es
por eso que desde mi punto de vista profesional considero que la privatización
total de los centros penitenciarios no son una opción viable para el sistema
penitenciario costarricense, debido entre muchas razones a que Costa Rica ha
venido en los últimos tiempos apostándole a una reinserción social distinta a
la que las manos privadas podrían darle, en gran medida porque el fin principal
de la empresa privada es obtener ganancias de las funciones u operaciones que realicen
o brinden, por eso se pondría en entre dicho que la privatización del sistema
penitenciario de una solución óptima y oportuna a los problemas que emergen
dentro de las cárceles, incluyendo la corrupción dentro de la policía
penitenciaria.
De
este modo, mi recomendación es que si es necesario intervenir los centros
penitenciarios de una manera integra y pronta, en una lucha que ayude a
defender los derechos humanos de las personas que se encentran principalmente
dentro de los centros de atención institucional, de tal manera que se podrían
crear alianzas estratégicas público-privadas para ayudar a darle solución al
sin fin de problemas que surgen dentro de este contexto, pero sin dejar de lado
al Ministerio de Justicia y Paz.
Este
ha demostrado ser un hijo garante de la democracia y la institucionalidad
costarricense y por ende se debe resaltar los objetivos que sigue, y por esa
misma senda actuar responsablemente hacia la mejora continua con nuevas
estrategias de acción, incluso incluyendo la empresa privada bajo los
parámetros que ya mencioné.
Explicación del Centro de Atención
para Personas con Enfermedades Mentales en Conflictos con la Ley (CAPEMCOL)
Costa Rica apuesta por una
reinserción social de aquellas personas que por razones de inimputabilidad por
padecimientos mentales obtienen esa condición, pero sin embargo han participado
en actos ilícitos, en por lo que en convenio entre la Caja Costarricense del
Seguro Social de Costa Rica y el Ministerio de Justicia y Paz se crea el
Definido Guerrero como “Es un centro especializado en la atención y tratamiento
médico psiquiátrico de los privados de libertad con trastornos mentales agudos
referidos de las distintas sedes penitenciarias del país, que opera desde
agosto de 2011” (s.f). Este centro cuenta con profesionales en psiquiatría que
se dedican darle el tratamiento adecuado y requerido para aquellas personas que
se encuentran dentro de esta modalidad, es importante además mencionar que
dentro de este centro se encuentran personas que son sometidas a algún proceso
por medidas curativas y además personas que se encuentran dentro de este
recinto con medidas cautelares otorgadas por un tribunal por causas en proceso.
Al igual que otras instituciones
del país, el Centro de Atención para personas con enfermedades mentales con
conflictos con la ley, se enfrenta a serios problemas y principalmente los
económicos, con necesidades insondables, pero con recursos limitados, como
sucede en una mayoría de las instituciones públicas del país, es por eso que se
han encontrado disyuntivas en lo que respecta a la logística operativa del
centro por parte de los funcionarios de la Caja Costarricense del Seguro
Social, por su parte el Ministerio de Justicia y Paz experimenta la misma
problemática, la capacidad instalada dentro de este centro es para no más de
100 personas.
Se opera de manera conjunta
entre los profesionales en ciencias de la salud de la Caja Costarricense del
Seguro Social donde destacan servicios de psiquiatría, medicina familiar y
comunitaria, geriatría, enfermera en salud mental, farmacia, trabajo social,
terapia ocupacional, terapia física y medicina general con el apoyo y mandato
constitucional de los funcionarios del Ministerio de Justicia y Paz para el
resguardo de la integridad tanto de los que se encuentran dentro de esta
modalidad como la de los profesionales de la salud.
La población residente dentro
del centro es proporcionalmente mayor de hombres, al igual que como sucede
dentro del sistema del Ministerio de Justicia y Paz, la tendencia delictiva es
proporcionalmente de hombres con respecto
a las mujeres, debido a que es un centro que se ha adaptado para no cuenta aún
con los requerimientos adecuados e idóneos para albergar poblaciones de ambos
sexos, por lo que a las mujeres que se envían al centro se ubican en espacios
dentro del Hospital Nacional Psiquiátrico.
Reiterando
el centro es una modalidad relativamente nueva en los sistemas médicos
costarricenses, sin embargo, ha sido criticado por muchas personas
profesionales en diferentes áreas y se ha incluso llevado a medios escritos de
circulación nacional las preocupaciones de expertos quienes consideran que el
centro puede verse como un equivalente a la prisión y resaltan los factores que
llevan al perito a diagnosticar como inimputable a una persona. Dentro de esta
arista se debe tomar en consideración que además de personas que no se pueden
procesar legalmente por la comisión de delitos, se encuentran personas con
inimputabilidad disminuida por lo tanto desde el acompañamiento profesional se
debe dar el mayor de los aportes para buscar lograr una reinserción social
adecuada además de enmarcar y estudiar los diagnósticos con el fin de buscar el
bien no solo de quien se encuentra dentro del centro sino de sus familiares y
la sociedad en general.
El centro
al ser un producto de los procedimientos y estudios que ha desarrollado la Caja
Costarricense del Seguro Social en conjunto con los profesionales del
Ministerio de Justicia y Paz, garantiza al huésped que contará con servicios
médicos de calidad, así como servicios de apoyo y servicios administrativos,
todos estos sin sección tal cual se dan en los centros comunes de aparato de
salud costarricense.
En el marco
del desarrollo de las funciones normales que brinda el centro a futuro se
enmarca dentro de una combinación de talentos y funciones aún más integral
tomando en consideración las políticas y procedimientos no sólo del seguro social,
sino que se pretende evaluar nuevas políticas por parte del Poder Judicial por
la responsabilidad que el marco regulatorio ostenta en este y del Ministerio de
Justicia y Paz.
Es prudente
que desde la parte criminológica se establezcan políticas y procedimientos para
la sana convivencia a lo interno del recinto, porque si bien es cierto no es ni
se pretende que este sea una cárcel más del país pero por las calidades de las
personas que allí confluyen se deben aumentar las medidas de seguridad que se
practican a lo interno, medidas que pretendan garantizar los derechos de cada
individuo y que no se ponga en riesgo la integridad física y mental del acogido.
Finalmente,
desde mi representación como futura profesional en ciencias criminológicas
considero importantes los avances que el país ha dado en cuanto al estudio de
estos casos, sin embargo considero que este debe ser un punto de interés no
sólo para el la Caja o Justicia y Paz, este debe ser un centro de atención de
muchos sectores incluyendo el sector político, en aras de dotar de mejores
instalaciones e insumos a este ámbito de reinserción social.
Referencias bibliográficas
RT en
español. (Productor). (2013). Cárceles privadas, un negocio rentable para
grandes corporaciones de EE.UU. [Internet] De: https://www.youtube.com/watch?v=81E77CldfA8
Núñez, E.,
Rojas, F. La privatización de las cárceles: El caso de Costa Rica. (Postgrado
Maestría). Universidad Estatal a Distancia, Costa Rica.
Hernández, F. (2015). La imputabilidad e inimputabilidad desde el punto de vista médico legal. Medicina Legal de Costa Rica - Edición Virtual. Vol. 32 (2)
Hernández, F. (2015). La imputabilidad e inimputabilidad desde el punto de vista médico legal. Medicina Legal de Costa Rica - Edición Virtual. Vol. 32 (2)
Estrada, M. (28 de marzo de 2015). Condenan
jefe policial por fuga de La Reforma a 29 años de prisión por dar llaves y
armas, Alajuela. Diario Extra. Recuperado de https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/256344/condenan-jefe-policial-por-fuga-de-la-reforma
Guerrero,
L. (s.f). Congreso latino-iberoamericano de derecho médico. Perspectivas en la
atención de personas con enfermedad mental y conflicto con la ley. Recuperado
de: http://medicos.cr/web/documentos/derechomedico/Jueves/Atencio%CC%81n%20de%20personas%20con%20enfermedad%20mental%20y%20conflicto%20legal.%20Dr.%20Lenin%20Guerrero%20.pdf
Comentarios
Publicar un comentario